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Propone Diputado Mogollón hacer frente a la apología del delito en centros escolares en BC

  • Además de establecer en el Código Penal la conceptualización de la apología del delito para aplicar prisión y multa como lo establece el art 249

El diputado Fidel Mogollón Pérez presentó una iniciativa de reforma al Código Penal y a la Ley de Educación del Estado de Baja California, con el objetivo de establecer la conceptualización de apología del delito conforme a los términos de la Real Academia Española (RAE) y los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), así como su regulación en centros escolares.

Bajo un entendimiento jurídico, la apología del delito es un acto premeditado que busca enaltecer el delito o al autor del hecho delictivo; como ejemplo, el legislador señaló a los llamados narcocorridos o corridos tumbados que hacen referencia directa al narcotráfico.

El legislador refiere que, si bien ya se encuentra tipificada a nivel federal y estatal la apología del delito —lo cual considera un gran logro legislativo—, la definición de este concepto no está incluida en el Código Penal, por lo que actualmente se debe recurrir a la jurisprudencia o a la definición de la RAE.

Por ello, propone adicionar un segundo párrafo al artículo 249 del Código Penal local, el cual ya establece sanción para quien provoque públicamente a cometer un delito o haga apología de éste o de algún vicio. La intención legislativa es incorporar que:

“Se entiende por apología del delito, la defensa, alabanza o exaltación de un delito o de su autor o autores, de forma pública o a través de cualquier medio de comunicación.”

Aunado a lo anterior, el diputado subrayó que existen corrientes musicales, como los corridos tumbados, cuya letra exalta al crimen organizado, al narco, a secuestradores, al uso de armas y explosivos, así como a la distribución de drogas, haciendo alusión a los lujos y el poder que supuestamente estos actos otorgan.

Lamentó que este tipo de música haya logrado insertarse en la sociedad, principalmente entre los jóvenes, quienes, al escuchar narrativas que glorifican el poder, dinero y fama, pueden sentirse atraídos hacia la comisión de delitos con la esperanza de alcanzar ese estilo de vida descrito en las canciones.

Por tanto, con la finalidad de combatir la apología del delito desde el ámbito educativo, propone adicionar un artículo 75 Bis a la Ley de Educación, para establecer que:

“La autoridad educativa estatal y municipal, en el ámbito de su respectiva competencia, prohibirá el uso o realización dentro de los planteles educativos, de conciertos, eventos, discursos, foros, escritos, dibujos, imágenes, música, audios, videos, medios digitales, redes sociales o cualquier otro medio de difusión, que haga apología del delito.”

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