Proponen reforma para armonizar ley que establece bases de operación de las casa de empeño en BC

• Es importante que las leyes se actualicen conforme la estructura gubernamental responsable de su ejecución para brindar certeza: diputada Araceli Geraldo
La diputada Araceli Geraldo Núñez presentó una iniciativa de reforma a la Ley que Establece las Bases de Operación de las Casas de Empeño del Estado de Baja California, con el objetivo de actualizar la denominación de las autoridades públicas estatales y sustituir las referencias de “salario mínimo” por el concepto de “Unidad de Medida y Actualización” (UMA).
La iniciativa, que fue turnada a la Comisión de Desarrollo Económico y Comercio Binacional, propone reformas a diversos artículos de dicha ley, especialmente para actualizar la denominación de la Secretaría de Planeación y Finanzas por la de Secretaría de Hacienda, en concordancia con la actual estructura del gobierno estatal.
La legisladora también señaló que, en la redacción vigente, al referirse al valor de dádivas, promesas o prestaciones, se menciona “veces el salario mínimo”, cuando lo correcto —conforme al Decreto de Desindexación del Salario Mínimo— debe ser “veces el valor diario de la UMA”.
Esta propuesta responde al decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación en 2016, en el cual se reformaron y adicionaron diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de desindexación del salario mínimo.
La diputada aseguró que una de las principales responsabilidades de las y los legisladores es revisar y actualizar el marco normativo estatal, con el fin de asegurar que la legalidad sea una constante en beneficio de la sociedad:
“Por ello, es de suma importancia que las leyes se encuentren actualizadas conforme a la estructura gubernamental responsable de su ejecución, para brindar no solo legalidad, sino también certeza jurídica al destinatario de la norma”.
En este sentido, la intención legislativa es modificar los artículos 25 y 47 para incorporar la nueva nomenclatura derivada de la Constitución local y su respectiva Ley Orgánica, así como los artículos 15, 25 y 40 para sustituir las referencias al salario mínimo por la UMA, particularmente en lo relativo a obligaciones y sanciones.
Con estas adecuaciones, se busca lograr una armonía legislativa plena y evitar inconsistencias que puedan generar dificultades en el ejercicio de atribuciones sobre casas de empeño.