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Profeco aclara cuáles son los derechos de pasajeros ante retrasos y cancelaciones de vuelos

  • La dependencia federal recordó a los usuarios sobre qué compensaciones deben otorgar las aerolíneas cuando las demoras, cancelaciones o sobreventas de vuelos son atribuibles a ellas.

Ante el incremento de viajes durante la temporada vacacional, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) recordó a las personas usuarias del transporte aéreo los derechos que les asisten en caso de retrasos, cancelaciones o sobreventa de vuelos, conforme a lo establecido en la Ley de Aviación Civil y la Ley Federal de Protección al Consumidor.

De acuerdo con el artículo 47 Bis de la Ley de Aviación Civil, cuando un vuelo se retrasa por causas imputables a la aerolínea —como fallas técnicas, problemas operativos o sobreventa—, los pasajeros tienen derecho a distintas compensaciones, dependiendo del tiempo de demora.

Cuando el retraso es de una a dos horas, las aerolíneas deben ofrecer alimentos y bebidas no alcohólicas, así como descuentos en vuelos futuros.

Si la demora es de dos a cuatro horas, además de alimentos y bebidas, se debe facilitar el acceso a llamadas telefónicas y correos electrónicos, así como una compensación parcial mediante vales o reembolso.

En casos de retrasos mayores a cuatro horas o cancelación del vuelo, las personas pasajeras tienen derecho al reembolso total del boleto, incluyendo la tarifa aeroportuaria (TUA), o bien a la reubicación en otro vuelo sin costo adicional, además de una compensación económica mínima del 25% del valor del boleto o del tramo no utilizado.

Respecto a la sobreventa de vuelos, la Profeco señaló que los pasajeros pueden solicitar la reubicación en el siguiente vuelo disponible, sin costo, y recibir una compensación adicional no menor al 25% del valor del boleto.

La dependencia federal recomendó llegar puntualmente al abordaje y conservar el comprobante de check-in, ya que este documento respalda los derechos del pasajero.

Asimismo, en caso de incumplimiento por parte de la aerolínea, se sugiere acudir a los módulos de atención en el aeropuerto y conservar boletos, recibos y comprobantes de gastos adicionales.

Las aerolíneas están obligadas a publicar de manera clara sus políticas de compensación, las cuales pueden consultarse en sus sitios web, en los mostradores de atención al cliente y en el portal oficial de la Profeco.

Finalmente, la Profeco recordó que cuenta con módulos de atención permanente en aeropuertos como Ciudad de México, Tijuana, Cancún, Guadalajara, Monterrey y Toluca, y puso a disposición sus canales institucionales para presentar quejas y recibir orientación.

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