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Etiqueta: transfusion

Más de 70 mil donaciones de sangre se realizan cada año en Baja California

  • La Secretaría de Salud llamó a la población a sumarse a la donación altruista, ya que solo el 6% de los aportes actuales se hacen de manera voluntaria.

En Baja California se realizan poco más de 70 mil donaciones de sangre al año, a través de los 25 bancos disponibles en la entidad, informó el titular de la Secretaría de Salud, Adrián Medina Amarillas, en el marco de la semana de sensibilización del donador altruista.

El funcionario destacó que la sangre tiene una duración limitada y que las transfusiones son necesarias en situaciones como complicaciones en el embarazo, accidentes, cirugías, tratamientos complejos o enfermedades como cáncer, hemofilia y leucemia, donde un paciente puede llegar a requerir hasta 20 unidades en un solo día.

Agregó que una persona puede donar hasta cuatro veces al año, lo que equivale a salvar la vida de 12 personas. Recordó que donar es un proceso seguro y gratuito que no representa riesgos para la salud.

Los requisitos para donar incluyen: tener entre 18 y 65 años, pesar más de 50 kilos, presentarse en ayunas, no haber consumido alcohol en las últimas 48 horas, no estar embarazada, menstruando o lactando, no presentar síntomas de enfermedad ni haber tomado medicamentos en los últimos 5 días.

Los Bancos de Sangre de los Hospitales Generales de Tijuana, Ensenada y el Materno Infantil de Mexicali atienden de lunes a viernes de 7:00 a 9:00 horas, mientras que el del Hospital General de Mexicali opera de lunes a domingo de 7:00 a 10:00 horas.

Medina Amarillas agradeció a quienes ya han donado de manera altruista y reiteró el llamado a la ciudadanía a participar en estas acciones solidarias que brindan vida y esperanza a muchas familias.

Indemnizará IMSS a joven infectado de sida durante transfusión

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) condenó al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para que indemnice por daño moral y daño personal a un joven que fue infectado de VIH/Sida durante una transfusión de sangre.

El procedimiento fue realizado en el Centro Médico Nacional de “La Raza” cuando el quejoso tenía 12 años de edad.

Hoy, el afectado es mayor de edad y junto con su padre solicitó un amparo contra una resolución del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa en la que anuló la indemnización que le fue otorgada por parte del IMSS, en cumplimiento a la recomendación emitida en 2009 por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

El Tfjfa calculó una nueva indemnización por daño moral y consideró que era imposible calcular una por daño personal, como ordenó la CNDH, porque conforme a la ley, esta debe ser cuantificada con base en el salario y el grado de incapacidad laboral de la víctima.

El amparo fue atraído en 2015 por la Segunda Sala de la Corte y en el fallo aprobado por unanimidad el ministro Eduardo Medina Mora, ordenó dejar insubsistente la sentencia del Tfjfa para que el IMSS pague la indemnización y proporcione al joven atención médica y psicológica gratis y de por vida en otros centros hospitalarios diversos a La Raza, no sólo para atenderlo de la infección de VIH sino de manera integral.

“Esta Sala es sensible al sufrimiento y desconfianza que genera en el quejoso su ingreso y tratamiento en el mismo hospital por cuya negligencia fue infectado de VIH y, posteriormente, discriminado por esa causa”, establece la sentencia.

“A fin de evitar la revictimización a partir del estrés y sufrimiento que tal condena implicaría, el Instituto Mexicano del Seguro Social deberá proporcionar atención al quejoso en Centros Hospitalarios diversos al Hospital General de La Raza, con el fin de salvaguardar la integridad psicológica del quejoso, procurando siempre, que los tratamientos se lleven a cabo en el lugar que por especialidad se requiera, privilegiando la cercanía al domicilio del afectado y al de sus padres y hermanos”.

En consecuencia, la Corte ordenó que el Tfjfa no considere el tope indemnizatorio impuesto por la Ley por considerarlo una limitación al derecho a la reparación integral del daño.

Así, el Tribunal deberá calcular el monto mediante un incidente de liquidación en el que se deberán considerar los daños a la vida, a la salud, al desarrollo familiar, a la libertad reproductiva, a la protección del interés superior del menor, a sus libertades de trabajo y tránsito, a la igualdad y a la no discriminación, mismo que deberá resolver en un término de 90 días.