Diputada propone aumentar el castigo el cohecho en Baja California

- La penalidad propuesta para cuando la cantidad del cohecho no exceda las 1,000 veces la UMA se considera idónea para inhibir este delito.
La diputada Araceli Geraldo Núñez presentó una iniciativa de reforma al Código Penal para el Estado de Baja California, con el objetivo de establecer la punibilidad para el delito de cohecho cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación no exceda de mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
En su exposición de motivos, la legisladora explicó que en el artículo 297 se establece que el delito de cohecho se castigará con una penalidad de dos a tres años de prisión y multa de doscientas a cuatrocientas veces el valor diario de la UMA, además de la destitución e inhabilitación del servidor público para desempeñar otro empleo, cargo o comisiones públicas.
Sin embargo, subrayó que solo se establece una sanción para los casos en que la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación exceda de mil veces el salario, dejando en completo estado de impunidad a quienes reciban una cantidad menor.
Por otro lado, la legisladora aclaró que en la redacción actual del artículo mencionado, al referirse a la cantidad o el valor de la dádiva, se menciona “veces el salario”, cuando lo correcto, de acuerdo con el Decreto de Desindexación, es “veces el valor diario de la UMA”, lo que se aprovecha en esta propuesta para armonizar el término.
La iniciativa, turnada a la Comisión de Justicia, establece que “cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación no exceda del equivalente de mil veces el valor diario de la UMA en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión y de cincuenta a doscientos días multa”.
En ese sentido, la diputada Araceli Geraldo añadió que la penalidad propuesta para cuando la cantidad del cohecho no exceda las 1,000 veces la UMA es proporcional, pues conforme al artículo 22 de la Constitución federal, imponer de tres meses a dos años de prisión y de cincuenta a doscientos días multa se considera idóneo para inhibir posibles conductas delictivas que involucren a servidores públicos y a terceros, con el fin de hacer o dejar de realizar un acto propio de las funciones respectivas.