Multas superiores a los mil pesos a quienes no respeten la ciclovía en Ensenada
- Sanciones aplicables conforme al Reglamento de Tránsito Municipal para el Municipio de Ensenada.
- Este esfuerzo busca asegurar el libre tránsito y la seguridad de los ciclistas.
Para quienes no respeten el carril exclusivo de la ciclovía, no habrá tolerancia y serán sancionados conforme lo establece el reglamento de Tránsito para el municipio de Ensenada; las multas sobrepasan los mil pesos.
El Alcalde, Armando Ayala, mencionó que este esfuerzo busca asegurar el libre tránsito y la seguridad de los ciclistas, además de enfatizar la importancia del respeto al Reglamento de Tránsito por parte de los conductores.
“Hay áreas donde la construcción de la ciclovía va muy avanzada, como lo es el bulevar Costero, donde ya se han colocado los delimitadores de seguridad, sin embargo, automovilistas la han invadido, poniendo en riesgo la seguridad de las y los ciclistas”, comentó.
De igual manera, enfatizó el respeto mutuo, donde los ciclistas respeten las señales de tránsito y las áreas designadas para ellos, mientras que los conductores de vehículos motorizados deben ser conscientes de la presencia de ciclistas y cederles el paso cuando corresponda.
Asimismo, subrayo que tanto ciclistas como conductores deben estar atentos y mantener una conducta preventiva para evitar accidentes, donde el uso de equipo de protección, como cascos y el respeto a los límites de velocidad son esenciales.
Sanciones aplicables conforme al Reglamento de Tránsito Municipal para el Municipio de Ensenada:
- ARTÍCULO 22.- Son obligaciones de los ciclistas:
Fracción 6: Circular sobre el carril derecho de la ciclovía. La infracción de esta disposición conlleva una multa con valor de 10 UMAS ($1085.70) y la bicicleta podría quedar en garantía.
- ARTÍCULO 74.- Se prohíbe dejar estacionados vehículos en los siguientes lugares:
Fracción 25: Sobre la ciclovía. La infracción conlleva una multa con valor de 10 UMAS ($1085.70).
- ARTÍCULO 92 BIS. – Queda prohibido el tránsito de vehículos de motor sobre la ciclovía.
La infracción de esta disposición conlleva una multa con valor de 10 UMAS ($1085.70).
- ARTÍCULO 99.- Queda prohibido adelantar:
Fracción 14: A otro vehículo utilizando la zona exclusiva para ciclistas. La infracción conlleva una multa de 10 UMAS ($1085.70).
La DSPM hace un llamado a todos los ciudadanos a respetar estas disposiciones para mantener la seguridad y el orden en las vías públicas. El incumplimiento de estos artículos no solo pone en riesgo la integridad de los ciclistas, sino que también puede resultar en sanciones.