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Etiqueta: apellidos

Padres podrán cambiar el orden de los apellidos de sus hijos en actas de nacimiento: Diputada

El Pleno de la Cámara de Diputados, aprobó con 386 votos a favor, 14 en contra y cuatro abstenciones, una propuesta, para establecer que el orden de prelación de los apellidos de los hijos, en las actas de nacimiento, podrá ser convenido por los padres y madres, informó la Legisladora Lizbeth Mata Lozano.

Explicó que el proyecto de decreto reforma el artículo 58 del Código Civil Federal y el precepto 19 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, destaca entre otras cosas:

1) Que el acta de nacimiento contendrá el nombre propio y los apellidos de los progenitores en el orden de prelación que convengan;

2) El Juez del Registro Civil deberá especificar expresamente el orden convenido de los apellidos, el cual se considerará para las demás hijas e hijos del mismo vínculo;

3) Atendiendo al interés superior del menor, el Juez decidirá el orden de los apellidos cuando no haya acuerdo entre los progenitores y pondrá nombre y apellidos al presentado cuando sea hijo de padres desconocidos haciendo constar esta circunstancia en el acta.

Mata Lozano agregó que en el artículo segundo transitorio se establece que, a partir de la entrada en vigor del presente decreto, los congresos locales contarán con un plazo de 120 días para armonizar su respectiva legislación civil conforme a lo establecido en este decreto.

Mencionó que esta reforma de su compañera Antonia Díaz Jiménez, explicó promueve acciones tendientes a generar igualdad. “La paridad de género es un tema que ha venido tomando gran relevancia en el país.  La igualdad entre el hombre y la mujer es fundamental para el adecuado desarrollo de la sociedad, por lo que es indispensable evitar la exclusión y la discriminación”, añadió.

Dijo que con la aprobación de esta reforma, se estará cumpliendo con uno de los deberes más importantes para las mujeres y hombres mexicanos, que es garantizar en el Código Civil la igualdad jurídica, consagrada en nuestra Constitución.

Por su parte, al fundamentar el dictamen por la Comisión de Justicia, la diputada panista Mariana Dunyaska, añadió que la propuesta da igualdad y evita la discriminación en contra de las mujeres mexicanas.

“La anteposición del apellido al de una mujer es inconstitucional, toda vez que retira el prejuicio y discrimina y disminuye el rol de la mujer en el ámbito familiar, motivo por el cual la Corte estableció que el orden de los apellidos debe pactarse en común acuerdo entre los progenitores”, argumentó.

Por esa razón, agregó, que las y los integrantes de la Comisión de Justicia “proponen una reforma integral al Código Civil Federal y de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para armonizar con ello todas las disposiciones relacionadas con el orden de los apellidos, en conformidad con el acuerdo de los progenitores y, en caso de no haberlo, como determine el oficial del Registro Civil”.

Finalmente, se prevé que los Congresos locales armonicen la legislación civil con este decreto en un plazo de 120 días a partir de su publicación.

La propuesta fue remitida al Senado de la República, para sus efectos constitucionales.

Padres podrán cambiar el orden de los apellidos de sus hijos en Baja California

El diputado Marco Antonio Corona Bolaños Cacho presentó mediante Oficialía de Partes, una iniciativa que adiciona un segundo párrafo al artículo 59 del Código Civil de Baja California, que tiene por objeto garantizar el pleno respeto al derecho de igualdad entre hombres y mujeres, al proponer que los padres y adoptantes puedan acordar el orden con el que se registrarán los apellidos de sus hijos.

El inicialista argumentó que, actualmente, existen algunas cargas sociales en el país y particularmente en el Estado, respecto de las formas en la configuración del nombre, mismas que deben ser actualizadas. Una de ellas es la que gira en torno a la perpetuación de un nombre de familia, toda vez que éste le ha pertenecido a los hombres hasta ahora.

Corona Bolaños Cacho agregó que, incluso, la identidad que la persona concibe sobre sí misma y toda su conceptualización individual, depende de la perpetuación del apellido.

Por otro lado, mencionó que el artículo primero Constitucional, en su párrafo quinto, establece la prohibición de toda forma de discriminación, motivada por el origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana.

Además que el Estado mexicano ha celebrado una serie de tratados internacionales en materia de derechos humanos, donde se protegen los derechos de la mujer y hombre, se garantiza la no discriminación por el sexo, la igualdad de la ley entre ambos, como lo son la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José).

“En tal situación, con la finalidad de que se llegue a la tan anhelada igualdad sustantiva entre hombres y mujeres, menester es que en la vida cotidiana y en el ejercicio de los derechos y obligaciones de las personas, se den las condiciones para este fin, por lo que se propone el uso de los apellidos de la persona a registrar en el orden en que los padres y adoptantes establezcan de común acuerdo, sin que sea obligatorio establecer como primero el del padre”, concluyó.