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¿Sábes qué hacer si el Servicio de Administración Tributaria te rechazó tu devolución de impuestos?

¿Sábes qué hacer si el Servicio de Administración Tributaria te rechazó tu devolución de impuestos?
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Si presentaste tu declaración anual en abril y el Servicio de Administración Tributaria (SAT) te avisó que tienes saldo a favor, pero no has recibido tu devolución de Impuesto Sobre la Renta (ISR) o te la rechazó por inconsistencias en tus deducciones, no te desanimes aunque si tendrás que dar amplio seguimiento.

Tendrás tu dinero, en cuatro días hábiles, si atiendes tu caso con la Prodecon, sin necesidad de presentar una declaración complementaria ni constancia de percepciones y retenciones u hoja membretada de tu retenedor como te lo ha perdido el mismo SAT, dijo en entrevista Luis Alberto Placencia, titular de la Subprocuraduría de Asesoría y Defensa del Contribuyente de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon).

En abril, la Prodecón atendió 11,000 solicitudes de apoyo con esta situación, en 6,000 de estos casos se trató de contribuyentes que tuvieron saldo a favor y de estos, 600 tienen que ver con inconsistencias en sus deducciones, según datos de la Prodecon.

De acuerdo con Placencia, el mes pasado el organismo detectó dos inconsistencias en los rechazos de las solicitudes de devolución de los contribuyentes:

1. El SAT rechazó la devolución de los contribuyentes que no habían trabajado el año 2017 completo.
2. El SAT rechazó las deducciones de trabajadores que habían tenido dos o tres empleadores simultáneamente durante 2017.

“El sistema estaba rechazando estas devoluciones porque consideraba que no tenía todos los elementos para poder tener la certeza de si el trabajador había o no trabajado todo el año completo”, dice Placencia.

Derivado de esta situación, el SAT comenzó a solicitar a algunos trabajadores una carta membretada por sus patrones en donde especificaran ingresos e impuestos retenidos o una constancia de percepciones y retenciones –la cual no era obligatoria que el patrón la entregara a sus trabajadores a partir de esta declaración 2017- y recibos de nómina.

“En una reunión –reciente- Prodecon consiguió que la autoridad reconsiderara su postura y que no le pidiera a los trabajadores sus estados de cuenta y estas cartas porque no hay fundamento legal para ello. Los trabajadores no tienen la obligación de llevar contabilidad –según el capítulo I del Título IV de la Ley del Impuesto Sobre la Renta- porque el SAT no le puede pedir mayor información que la que él tiene”, explicó Placencia.

De acuerdo con la Procuraduría, el SAT ya reprocesó 300,000 solicitudes de devolución sin necesidad de que el contribuyente enviara estos documentos o hiciera su declaración complementaria.

Si hay algún contribuyente que aún tenga el rechazo o la negativa de devolución debe acudir a Prodecon.

La Procuraduría enviará un correo al SAT con el RFC del contribuyente y la fecha en que presentó su declaración y, en automático, en cuatro días le estarían depositando su devolución, describió Placencia. Es un acuerdo al que ya llegaron ambas instituciones.

PROBLEMAS CON EL TIMBRADO DE LAS FACTURAS

Durante 2017 estuvieron en vigor dos versiones del timbrado de nómina (verificador electrónico de factura), la versión 1.1 que estuvo vigente de enero a marzo y después la versión 1.2, que corresponde de abril a diciembre.

Esto trajo que muchas empresas duplicaran los ingresos y por lo tanto duplicaran el timbrado de la nómina. La Prodecon identificó cuatro grandes empleadores que lo hicieron: Instituto Mexicano del Seguros Social (IMSS), Citibanamex, Secretaría de Educación Pública (SEP) y Teléfonos de México (Telmex).

Para estos trabajadores y los que estén en este supuesto de doble timbrado, aplica la solución anterior: acudir a la Prodecon. La atención será gratuita.

Si el SAT te hizo una devolución parcial, es decir que no reconoció parte de tus comprobantes fiscales por deducciones personales y te regresó menos dinero de lo esperado o te rechazó el trámite, también tienes que acudir a la Prodecon.

Es posible que se trate de una imprecisión en la factura. Y lo que haya fallado sea el concepto o descripción del servicio. Por lo tanto, el SAT no quiera reconocer primas de seguros de gastos médicos mayores, colegiaturas o aportaciones a tu fondo de retiro, explica el funcionario.

“Si eres un contribuyente al que no le quieren reconocer gastos por deducciones personales, la Prodecon pedirá al SAT que explique, en un plazo máximo de tres días, por qué no acepta estas deducciones y por qué está cuestionando estos comprobantes”, dice Placencia.

Recuerda que el plazo para presentar tu declaración anual será hasta el 15 de mayo.

Prodecon espera que el número de casos atendidos durante el ejercicio fiscal 2017 no supere los 15,000 al terminar el periodo de declaraciones.

Fuente: Expansión

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