En un comunicado el representante de la plataforma digital, Daniel Martínez, apuntó que de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo las empresas con un ingreso anual declarado menor a 300 mil pesos no están obligadas a otorgar utilidades.
El próximo 30 de mayo termina el plazo para que las empresas entreguen a sus empleados utilidades, y de no cumplir en tiempo y forma esta obligación las multas pueden ser de hasta 403 mil pesos.
Martínez añadió que las empresas de la industria extractiva de reciente creación y en periodo de exploración, así como las instituciones de asistencia privada sin propósito de lucro, o las públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia; tampoco están obligadas a realizar el reparto de utilidades.
Explicó que entre los negocios que deben realizar el pago existen personas que están excluidas de recibirlo, como directores, administradores y gerentes generales de las empresas, así como los empleados domésticos y los trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante el ejercicio fiscal.
Esto también incluye a quienes habiendo laborado por un mínimo de 60 días durante el ejercicio fiscal, ya no se encuentren en activo durante el periodo de pago.
Fuente: Notimex