bathroom gag watching freya get thrown around and d was a glance to.xxx videos
www.porn-of-the-week.com
porn videos

inicio NACIONAL Impedirán salir del país a deudores de pension alimenticia

Impedirán salir del país a deudores de pension alimenticia

Impedirán salir del país a deudores de pension alimenticia
0

El Senado de la República aprobó impedir que los mexicanos que hayan desistido de cumplir con su obligación de proveer una pensión alimentaria salgan de viaje, hasta en tanto no cubran el total de su adeudo.

La reforma adiciona una fracción VI al artículo 48 de la Ley de Migración, la cual fue enviada al Ejecutivo Federal a fin de que sea publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y entré en vigor inmediatamente.

La senadora del PRI Éricka Ayala consideró que con la aprobación de esta reforma se aseguran los derechos de los acreedores alimentarios, pues impide la salida de territorio nacional de los que no han cumplido con la obligación de pensión alimenticia. El interés superior de la niñez debe prevalecer como principio rector de la política del país, en la construcción de políticas públicas y en la creación de nuevas leyes que protejan los derechos de los niños y niñas, argumentó.

En el dictamen aprobado por unanimidad con 76 votos, se destaca que en México, además que el derecho a la alimentación de los niños y niñas está consagrado en la Constitución Política y regulado en el Código Civil Federal, se encuentra también establecido en diversos tratados internacionales de los que el país es parte.

Asimismo, destaca que la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha estimado que los alimentos son de orden público, porque tienden a proteger la subsistencia del acreedor alimentario, y por ello, de concederse la suspensión contra la resolución que los concede se atacaría al orden público y se afectaría al interés social.

Por lo tanto, el derecho a recibir alimentos es irrenunciable y no puede ser objeto de transacción, y nace de la necesidad que tienen los acreedores alimentistas para sufragar sus necesidades más elementales de subsistencia.

La senadora Ayala Ríos advirtió el derecho a entrar, salir y transitar por el territorio nacional, así como para cambiar de residencia se encuentra previsto en el artículo 11 constitucional, el cual, puede ser limitado por las autoridades judiciales en casos de responsabilidad criminal o civil y por autoridades administrativas en cuestiones de migración o salubridad.

“El derecho a la alimentación es un derecho incluyente. No es simplemente un derecho a una ración mínima de calorías, proteínas y otros elementos nutritivos concretos. Es un derecho a todos los elementos nutritivos que una persona necesita para vivir una vida sana y activa, y a los medios para tener acceso a ellos”, coincidieron los legisladores federales.

 

Publicar tu comentario

Comentario

Don`t copy text!